EL SISTEMA ELECTORAL ESPAÑOL ES MEJORABLE, PERO HA DEMOSTRADO SER EL
ADECUADO A UNA ÉPOCA DE TRANSICIÓN Y MUY DEMOCRÁTICO.
El debate abierto sobre el sistema electoral y en especial sobre algunas
interpretaciones sobre quien debe gobernar, exige un pequeño análisis, antes de
lanzar otras ocurrencias. Ya sabemos que el sistema no es inocuo, pero en
España se eligió casi por unanimidad, y ello porque los que lo hicieron
perseguían unos objetivos concretos adecuados para unas circunstancias también
específicas. Las circunstancias han evolucionados, por lo que es posible que algunas de las características
del sistema deban evolucionar, pero es claro que para cambiar las reglas del
juego es imprescindible que el conjunto de los actuantes o al menos una gran
mayoría este de acuerdo en que dirección.
El sistema español es de representación proporcional, con factores
importantes de corrección, que en origen pretendían dar estabilidad a los
gobiernos y potenciar la existencia de partidos fuertes (no hay que olvidar que
se venía una dictadura y los partidos partían con una debilidad intrínseca) y se aplicó tanto en las elecciones generales
como en las municipales y autonómicas; con matices muy importantes en el tema
del Senado, donde se potenció el componente territorial, aún cuando en este
caso los resultados no han sido los esperados en un primer momento.
El marco existente está condicionado por algunas premisas que la
Constitución fija como definitivas, pero deja amplio margen para adaptarlo a
nuevas circunstancias mediante una ley orgánica electoral y/o la adaptación de algunos
Estatutos de Autonomía, es decir no hace falta una modificación de la
Constitución.
Los condicionantes constitucionales para las elecciones a Congreso de
los Diputados son:
-
La
representación tiene que ser proporcional y el total de 300 a 400 diputados.
-
La
circunscripción es la Provincia y esta tiene que tener garantizada una
representación mínima.
Los condicionantes constitucionales para las elecciones al senado son:
-
La
representación de cada provincia será de 4 senadores.
-
Cada
Comunidad Autónoma designará un senador y otro más por cada millón de
habitantes garantizando la representación proporcional.
Así pues, cuando se propugnan para Cortes Generales circunscripciones
únicas estatales o autonómicas, se hacen propuestas que hoy no tienen cobertura
constitucional posible. En todo caso el
porcentaje de corte, el número mínimo de escaños por provincia y el número
total de diputados son temas sobre los
que reflexionar y su modificación es posible constitucionalmente. Por ejemplo
sería de aplicación una solución como la última alemana,
“personalista-proporcional”. Las papeletas están divididas en dos
partes. En la izquierda se encuentra la casilla
para el primer voto, y a
la derecha la correspondiente al segundo voto, que es el decisivo. La
condición obligada es que se mantenga
la provincia, como circunscripción. Atención,
o los minoritarios de alían entre sí o su posición actual empeoraría ya que el
sistema busca estabilidad.
Respecto a las C.A., la circunscripción provincial es modificable por
ley orgánica de Cortes Generales y debe respetarse el principio de
representación proporcional, pero sería posible constitucionalmente la
circunscripción única en las elecciones autonómicas, previa adaptación del
Estatuto y Ley electoral correspondiente.
Para los Ayuntamientos prácticamente no existen otros condicionantes
que no sean los que garantizan que las
elecciones sean democráticas: sufragio universal, igual, libre, directo y
secreto.
Respecto a la conformación de las listas, el principal debate se
centra entre listas abiertas y listas cerradas, olvidando otros factores como
si son bloqueadas por partidos y en su ordenación de nombres (Congreso); en el
Senado son abiertas y el análisis de los resultados indica varias cosas: que la
relación de fuerzas resultante es similar a la del Congreso y, que los efectos
estadísticos imponen la ley de los grandes números y el apellido es un factor
determinante para ser elegido (una lógica que no parece muy democrática).
Según mi opinión el principal problema no está en el terreno anterior,
ni siquiera en otras cuestiones generales, sino en los procedimientos de
elaboración de listas en el interior de los Partidos. Una vez superada la etapa
en que los partidos debían fortalecerse, el peso de sus aparatos en la
elaboración de las listas debe de moderarse; las elecciones primarias obligadas
para todos los puestos, incluyendo el orden de las listas, sería garantía de
democracia interna, y si se quiere pueden añadirse otras medidas que corrijan
las inevitables tendencias sectarias,
como por ejemplo un registro voluntario y previo de simpatizantes, al estilo de
las primarias para la elección del presidente de USA.
Respecto a las elecciones locales, las características muy presidencialistas
de los gobiernos locales, la posible proximidad a los electores y la
posibilidad constitucional indican la conveniencia de estudiar la aplicación de
un criterio mayoritario a dos vueltas, con garantías de representación de las
minorías. El criterio de que gobierne el más votado convertiría la
representación proporciona actual en una mayoría a una sola vuelta. Por cierto,
aplicando el criterio mayoritario el PP habría corrido el riesgo de desaparecer en Cataluña hace tiempo, al
igual que IU y otros partidos locales o regionales de desaparecer en amplias
zonas de España.
Isidoro Gracia
5 comentarios:
Lo del Senado es de risa y se aceptó en su momento porque lo importante era tener un régimen democrático cuanto antes. Lo de la provincia -en mi opinión- debiera reformarse en la primera ocasión en que se haga esto con la Constitución. Cuando mayor es una circunscripción (como en las elecciones al Parlamento Europeo en España) más justo y proporcional. Cuando más pequeña es la circunscripción, más injusticia y menos proporcionalidad.
Cierto, con muchos matices, todos los sitemas directamente proporcionales han acabado mal por ser inestables.
Las grandes circunscripciones (sin factores de corrección) perjudican a las pequeñas ciudades y pueblos en beneficio de las grandes urbes.
Otras cámaras tipo Senado funcionan bien, el ejemplo más próximo el de USA, que ha evitado la bancarrota federal, y la última corrección de la camara territorial de Alemania ha eliminado casi todas las disfunciones, de bloqueos indeseados.
Como decia en mi anterior artículo, ningún sistema es perfectamente democrático.
Las pequeñas ciudades y las grandes urbes no están representadas, los que están representados son los ciudadanos. Y yo me puedo sentir más afín con un ciudadano de Soria o de Madrid que con un vecino de al lado. En cuanto al Senado español ¿que es eso de una cámara de representación territorial? Desde un puntod de vista socialista son las clases sociales las que se representan según los partidos de que se trate, no los territorios.
Aún cuando solo pretendía hacer ver los efectos técnicos, sigamos pensando: - Los pueblos y las ciudades estan llenos de ciudadanos muy especificos, p/e si se prima las grandes urbes se perjudica a los trabajadores del sector primario.
- Los Senados pueden ser cámaras absolutamente clasistas, p/e la Cámara de los Lores. En USA son (hay 51) elementos de segunda lectura y de equilibrio político, fruto de prestigios personales frente a los grandes partidos, etc.
La Democracia tiene multiples facetas y aristas.
De lo que no hay duda de que la mayor justicia en el reparto del voto se obtiene con la circunscripción única (con la corrección porcentual que se estime). Todo lo demás podrá ser o no un buen sistema electoral, pero no más justo que con la circunscripción única. En cuanto a una segunda cámara no la veo necesaria pero si lo fuera, el sistema mayoritario establecido en España (y más el de cooptación por Comunidades Autónomas) la hace poco representativa.
Publicar un comentario