viernes, 24 de abril de 2015

El patrimonio de la Iglesia

Lo de que la Iglesia católica no pague el impuesto de bienes inmuebles en España, además de que reciba del Estado varios miles de millones de euros cada año no tiene sentido desde cualquier punto de vista que se quiera analizar. La Iglesia es un Estado soberano con un pequeño territorio desde el siglo XIX y desde que se avino a reconocer al régimen de Benito Mussolini en 1929 mediante los Pactos de Letrán. 

Mucho antes, a mediados del siglo VIII en Italia, se había asentado el predominio lombardo, mientras que Bizancio había ido abandonando los territorios que mantenía en dicha península. Mientras esto ocurre, colaboradores del papa Esteban II redactan un documento sobre la "donación" del emperador Constantino a la Iglesia en el siglo IV, lo que se explica, en parte, porque en el siglo VIII todavía no se había reconocido la supremacía romana sobre la Iglesia. Era necesario un documento jurídico -falso o legal- que iniciase el proceso.

Aquel documento fue completado con falsificaciones llevadas a cabo en el siglo IX sobre las grandes colecciones canónicas, que pretendían asegurar la independencia de la Iglesia frente al Estado carolingio. A la muerte de Carlomagno en 814, los obispos se impusieron pero terminaron legando el poder al papa, heredero, por lo tanto, de la obra de Carlomagno. Así están las cosas cuando el emperador germánico Otón intenta restaurar la autoridad imperial y, como Carlomagno, no quiere ser emperador de los romanos (principalmente) sino de los francos, pretendiendo una paridad con Bizancio. Será Otón III el que se instale en Roma y considere a Italia como parte esencial del Imperio.

A partir de este momento (finales del siglo X) se inicia la época en la que los reyes no aspiran a hacerse emperadores, por lo que a la cabeza de la cristiandad aparece solo el papa, por eso más tarde, en el último cuarto del siglo XI, Gregorio VII intentó liberar a todas las iglesias del dominio temporal. Emprendió la centralización romana y la refundición administrativa, lo que harán del obispo de Roma el Soberano Pontífice (un título pagano). A la formulación doctrinal del Estado pontificio contribuyó Pedro Damián, que en el siglo XI consideró al Estado como "el instrumento providencial de represión de los malvados y de los impíos". Considera al Estado -al poder secular- como uno de los innumerables servicios destinados a colaborar en la salvación de las almas. 

Cuando el feudalismo se desarrolle como sistema, el cual era contrario al derecho romano defendido por la Iglesia, esta sabrá sacar partido de aquel obteniendo ventajas económicas de las diversas monarquias, en las que no están las de la península Escandinava, Frisia e Irlanda, pues escaparon a la influencia feudal. Cuando el feudalismo dé al traste con el Estado concebido por el derecho romano, los papas ya serán lo suficientemente poderosos como para dejarse arrastrar: el Estado pontificio estaba formado, tenía una base territorial que durará hasta el siglo XIX, una superestructura jurídica y cuadros con formación superior a los de cualquier monarquía del momento: obispos y monjes. La legitimidad de ser la depositaria del cristianismo en occidente, lo que era aceptado por todas las monarquías, hizo el resto. 
 
A base de concordatos y otras medidas diplomáticas (en ocasiones simples usurpaciones) y en España los acuerdos con el Estado de 1979, la Iglesia sigue manteniendo privilegios que son a todas luces contrarios a un estado moderno y a la más elemental justicia. 
 
L. de Guereñu Polán. 

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