miércoles, 13 de julio de 2016

Personas dependientes en Galicia


El Presidente de la Xunta riéndose, como suele

Vaya por delante que, como es sabido, Galicia es una de las comunidades españoles con la población más envejecida. También es sabido que la ley de Dependencia, aprobada durante el mandado del señor Zapatero, exigía el compromiso de las Comunidades Autónomas para su aplicación y que en Galicia se retrasó “ad kalendas graecas”. Ahora la Xunta ha decidido ponerla en práctica, pero solo para su publicidad, porque las personas que se beneficien de ella serán, como trataré de demostrar, muy pocas.

En primer lugar no vale con que las personas de más edad tengan ya personas contratadas a su costa durante muchos años: ha de ser personal que facilita la Xunta de Galicia, teniendo el solicitante que despedir a las personas con las que ya ha tejido lazos casi familiares por el afecto. Desvestir a un santo para vestir a otro. Pero ¿Qué personal ha de ser contratado por los potenciales beneficiarios de las ayudas de la Xunta? El correspondiente a empresas que la Xunta ha contribuido a crear y que son afines al partido que la sustenta. Un manejo muy propio de dicho partido desde que nació y que aprendió de otros tiempos al parecer superados.

¿Cómo se va a decir a una persona, por ejemplo de 90 años, que ha de desprenderse del personal que le cuida desde hace quince para recibir en su casa a extraños que actuarían al dictado de unas autoridades insensibles con los problemas reales? Por lo tanto, si alguien dependiente quiere ser atendido de acuerdo a la ley de “aplicación” en Galicia, ha de saber que solo podrá contratar con las empresas que la Xunta le indique, que se quedarán con parte del salario pagado, detrayéndoselo al trabajador. No ocurre esto con las contrataciones directas.

Las personas que llevan más tiempo en dependencia suelen pagar directamente los salarios en metálico a sus empleados, mediante la firma del recibí correspondiente. Pero la Xunta exige extracto bancario, sabiendo que sobre todo en el medio rural y en las villas, la relación contractual entre dependiente y personal de ayuda es bilateral y directa. No vale. Así la Xunta se ahorra la ayuda a miles de dependientes aunque se encuentren en una necesidad perentoria.

¿Y si la persona acepta entrar por el aro y despide al personal con el que ya está familiarizado por la fuerza de los años, para ser sustituido por el que la Xunta imponga? Entonces tendrá que pagar la liquidación por finiquito de aquel, lo que representa, en ocasiones, varios miles de euros (a razón de X días por mes trabajado durante quince, dieciséis años…). Una forma interesante de publicitar que se aplica una ley sin aplicarla en realidad, de engañar a los mayores y a sus familiares, de tejer una red clientelar de empresas nutridas con agentes y personal del Partido Popular, como he podido comprobar.

¿Y si se pide ayuda “para el entorno”, es decir, para los familiares que dedican parte de su tiempo al dependiente? Entonces habrán de vivir en el mismo domicilio, no en otro distinto, con lo que se propicia el fraude de empadronarse a toda velocidad en el del dependiente aunque se siga viviendo en el propio. Toda una genialidad de estupideces y tomaduras de pelo que dejan, una vez más a los más necesitados, en campo raso ante las inclemencias de los poderes públicos. 

L. de Guereñu Polán. 

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