1 - ¿A QUIEN BENEFICIA? Solamente a las
pensiones mas altas, que son entre el 20 y el 25 % de los casi 10 millones de
pensiones existentes.
2- ¿A QUIEN PERJUDICA? En principio a todos los de las
pensiones más bajas, que son entre el 75 y 80 %, ya que retiraría recursos de la
sanidad, los servicios sociales (que son algo más de los viajes de IMSERSO), la
seguridad pública y todo aquello que sea de acceso universal de los que este
sector es beneficiario preferente, habida cuenta sus limitaciones económicas.
Evidentemente impacta en la educación, la vivienda pública, las relaciones
exteriores, corrección de desigualdades como la pobreza energética, etc. que
afecta a la totalidad de la población pero sobre todo a los más vulnerables. Eso
es así porque la principal fuente de financiación de toda prestación o servicio
público es lo recaudado por el IRPF.
3 - ¿PORQUÉ EL COLECTIVO CON PENSIONES
BAJAS ES EL MÁS PERJUDICADO? El mínimo exento de pago del IRPF de 2023 es de
15.000 €, la inmensa mayoría de pensionistas están en el grupo de contribuyentes
cuyos ingresos anuales no alcanzan esa cantidad, que supone que no tienen que
pagar nada por el IRPF, por lo que la posible eliminación reclamada para los
pensionistas no produciría ningún aumento en sus ingresos.
4 - ¿ES CIERTO EL
ARGUMENTO DE QUE NO ES LEGAL EN EUROPA? Este argumento es absolutamente FALSO,
es más de acuerdo con la normativa de la U.E. todos los estados miembros pueden
establecer un IRPF, con idénticas fuentes sujetas a él. Salarios, pensiones,
alquileres, dividendos, intereses, actividades agrícolas o comerciales,
actividades artísticas o deportivas, rifas, etc. es decir todo tipo de ingreso
anual.
5 - ¿EXISTE UNA DOBLE IMPOSICIÓN SOBRE LAS COTIZACIONES A LA S.S.? La
realidad es que cuando se realiza la declaración anual dichas cotizaciones serán
gastos deducibles de los rendimientos del trabajo, de conformidad con el
articulo 19,2 de la LIRPF El artículo 19 de la LIRPF señala lo siguiente: «1. El
rendimiento neto del trabajo será el resultado de disminuir el rendimiento
íntegro en el importe de los gastos deducibles. Así pues no es posible
argumentar que nadie ha sufrido impacto alguno del IRPF sobre las cantidades que
durante nuestra vida laboral que nosotros o nuestros empleadores hemos aportado
como cotizaciones a la S.S.
SEPTIEMBRE DE 2023
Isidoro Gracia
1 comentario:
Isidoro; cuanto sabes y que razón tienes.
Cómo luchar contra está mafia?.
El poder económico, religioso, judicial y muchas veces el legislativo van de la mano.
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