Los penúltimos episodios relacionados con resoluciones
judiciales que afectan a políticos en activo que son de muy difícil comprensión:
La solución pactada al problema de la financiación ilegal de un partido
catalán, problema con más de 14 años de trámite judicial, y la imputación
expansiva de lo que son representantes democráticos y legítimos de los
ciudadanos (concejales y alcaldes principalmente), mediante resoluciones
emitidas por jueces, que alargan plazos de tramitación de forma indeterminada,
invitan a revisar lo que los clásicos ya concluyeron en sus análisis.
Dos ejemplos
servirán. Uno, Montequieu, respecto al papel de los jueces en democracia, proponía
que el poder de
juzgar no fuera ejercido por nadie de forma permanente ya que: “así el poder de juzgar, tan terrible en
manos del hombre, no estará sujeto a una clase determinada, ni quedará
exclusivamente en manos de una profesión”. Parece que tenía razón, el
modelo de oposiciones fija de forma inamovible en una profesión al que las
supera, y deja, de forma casi exclusiva, su autocontrol en manos de los de su
mismo oficio, con los que coincidirá grandemente en virtudes y defectos, mientras
que el conjunto de los ciudadanos bajo su responsabilidad jamás podrá valorar
democráticamente su trabajo, y el valor de sus servicios, lo que hay que
recordar si harán respecto a sus representantes políticos. Y dos, Aristóteles,
respecto a lo que se entiende por justicia oligárquica y democrática: “parece que la justicia es igualdad, y así
es, pero no para todos, sino para los iguales; y la desigualdad parece ser
justa….”, concluye: ”la mayor parte
de los hombres son malos jueces cuando se trata de las cosas propias”.
Así pues, si nos fiamos de la sabiduría de los
clásicos, en democracia conviene poner al menos en el mismo nivel de crítica,
sino superior, a los jueces que imputan a electos, que a esos electos, en
especial cuando los plazos se alargan “sine die”, los electos pagan
democráticamente su permanencia en la imputación, sin obtener sentencia, y el
juez que la mantiene no justifica claramente los porqués.
Enero de 2013Fdo: Isidoro Gracia
4 comentarios:
Creo que el problema es del legislador, que permite este tipo de acuerdos. El juez puede ser peor o mejor, pero se ajusta a lo que la ley le dicta. Cábiese la ley y los jueces tendrán que actuar de otra manera.
"Au contraire", es práctica habitual que el juez de turno interprete a su manera lo legislado, gracias a una independencia judicial que en democracia es un mero invento, ya que la doctrina democrática deja meridianamente claro que todos los poderes dependen del sujeto pueblo.
Algunos países tienen mecanismos que permiten a los ciudadanos valorar mediante procesos electorales puestos claves del poder judicial, p/e USA.
Es una vieja doctrina la que defiende que los jueces sean elegidos como a los miembros del legislativo y ejecutivo, pero tiene un serio inconveniente, por eso no se aplica en ningún país de Europa: el elegido se debe a sus electores. ¿Nos imaginamos a un juez juzgando a uno de sus votantes? ¿Nos lo imaginamos juzgando a uno que le presentó batalla?
Un juez directo puede que no, aunque en España existen precedentes como los Jueces de Paz y tribunal de las aguas, etc , pero los que fijan doctrina (TS)o presidentes de tribunales territoriales si, incluso Fiscales Generales y otros puestos similares.
Salud
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